Asesoramiento fiscal

Cuando compra o vende bienes inmuebles, se encuentra con temas con que no tratará diariamente. Le informamos y asesoramos en cada paso del proceso de compraventa.

Es usted propietario de bienes inmuebles en España? Entonces debe tener en cuenta varias obligaciones anuales. Abajo encuentra información sobre temas legales y fiscales que aplican a propietarios no-residentes.

 

Comprar inmuebles en España

Es propietario de un inmueble en España?

Vender bienes inmuebles en España

 

 

Comprar inmuebles en España

 

First Line Houses le asegura que la finalización de su compra de inmobiliaria en España sale sin preocupaciones.

 

Temas legales

 

  • Aseguramos que la notaría dispone de toda la documentación necesaria para la compraventa.
  • Redactamos contratos privados con las condiciones específicas que ha acordado con el vendedor. También comprobamos si el contrato de escritura pública está correcta según los mutuos acuerdos.
  • Registro de la propiedad. Verificamos si hay cargas o gravámenes en la propiedad. Además miramos si hay deudas de impuestos municipales o con la comunidad de propietarios.
  • Cédula de habitabilidad y licencia de primera ocupación. Cuando se trata de edificios nuevos, aseguramos que estos dos documentos han sido expedidos. Depende de ellos si la casa puede ser conectada a los servicios públicos con su máxima potencia.
  • En el caso de terrenos para edificar, es importante saber cuál es la normativa específica. Esta puede diferir según zona, urbanización, o incluso según parte de urbanización. Además, la normativa general de un pueblo o ciudad puede determinar los requisitos para el acceso a la parcela, los servicios, el color de la casa, etcétera.
  • Servicios públicos. Verificamos si hay deudas con las compañías y tramitamos el cambio del contrato en su nombre después de la compra.

 

Temas financieros

 

Puede pedir a First Line Houses de asesorarle en la solicitud de una hipoteca en España. Hipotecas a residentes de España pueden ser obtenidos hasta un máximo de un 80% del valor de la tasación (60-70% a no-residentes). Hoy en día los bancos quedan reservados en la concesión de hipotecas y le pedirán el resto del capital, igual que los impuestos y gastos adicionales respecto a la compraventa del bien inmueble y la registración de la hipoteca. Además se calcula la relación entre las cuotas mensuales de la hipoteca y sus ingresos.

 

Para el pago del precio de compraventa, la mayoría paga por medio de un cheque bancario en la notaría. En otros casos se hace una transferencia bancaria al vendedor. La notaría no toma parte en temas financieras, sino los pagos se organizan de mutuo acuerdo entre el comprador, vendedor y el agente inmobiliario. Infórmese de su agente registrado (API) sobre los impuestos y gastos que tendrá que pagar, para evitar sorpresas después.

 

Impuestos y gastos adicionales

 

La compra de bienes inmuebles en España está sujeta a los siguientes impuestos:

  • ITP – Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales). Se aplica a casas de segunda mano y parcelas de particulares. En Cataluña este impuesto es de 10% del precio de compraventa.
  • IVA – Impuesto sobre el Valor Añadido. Cuando usted es el primer comprador de una obra nueva, o cuando compra inmobiliaria de una empresa registrada de IVA, el IVA es de 21%.
  • IAJD – Impuestos sobre Actos Jurídicos Documentados. Cuando aplica el IVA a la compraventa como mencionado en el punto anterior, tendrá que pagar el IAJD de 1,5% sobre el precio de compraventa.

Por defecto el comprador también paga los gastos de la notaría y de la inscripción en el Registro de la Propiedad.

 

Es propietario de un inmueble en España?

Como propietario de un bien inmueble en España, tendrá que pagar impuestos anuales:

  • IBI – Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Se calcula en base del valor catastral de la propiedad y se paga al Ayuntamiento.
  • Contribución a la comunidad de propietarios. Estos gastos difieren en cada comunicad.

 

Vender bienes inmuebles en España

 

Cuando vende una propiedad, debe pagar el impuesto sobre el incremento del patrimonio. Constituye una renta sometida a gravamen la obtención de una ganancia patrimonial como consecuencia de la venta de un inmueble. Con carácter general, la ganancia se determina por la diferencia entre los valores de transmisión y de adquisición. Desde el 01 de enero de 2015, el valor de adquisición está formado por el importe real por el que se adquirió el bien objeto de transmisión, al que se suma el importe de los gastos y tributos inherentes a la adquisición, excluyendo los intereses y sin compensación por inflación. El valor de transmisión es el importe real por el que se transmite, minorado con el importe de los gastos y tributos inherentes a la transmisión.

Además, debe pagar la Plusvalía, un impuesto municipal que puede variar en cada municipio y depende del tiempo que la propiedad ha estado en posesión. No está relacionado al valor de la compra o en la escritura de venta.

 

Los impuestos y condiciones mencionados están sujetos a cambios. Consulta su agente inmobiliario registrado para un asesoramiento a medida.

 

 

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